Através de un comunicado oficial, la AFIP confirmó la prórroga de la fecha devencimiento de la presentación de las declaraciones juradas y del pago del Impuesto a las Ganancias Sociedades.
La extensión de los plazos alcanza a las empresas que cerraron sus balances en diciembre de 2020. Las nuevas fechas de presentación de las declaraciones juradas y pago del impuesto son el 26 y 27 de mayo, de acuerdo a la terminación de la CUIT (el ingreso del saldo se realizará el mismo día de la presentación).
Ganancias y Bienes Personales: la AFIP confirma prórroga para empresas y personas
Las fechas previstas originalmente para la presentación de las declaraciones juradas era el 13, 14 y 17 de mayo, mientras que el ingreso del saldo resultante estaba previsto para los días 14, 17 y 18 de mayo.
La medida busca garantizar el acceso a distintos beneficios asociados a cambios normativos que fueron incorporados recientemente a los aplicativos.
La AFIP anticipó además que analiza establecer nuevos plazos para los vencimientos previstos para mediados de junio en materia de Ganancias y Bienes Personales para personas humanas.
Bienes Personales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó las valuaciones a tener en cuenta en el Impuesto sobre los Bienes Personales para la confección de la declaración jurada 2020.
El organismo de recaudación publicó las tablas en el Micrositio Ganancias y Bienes Personales y corresponden a las valuaciones de automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos como así también a la moneda extranjera, obligaciones negociables, título públicos, fondos comunes de inversión y el detalle de entidades financieras.
Bienes Personales: valuaciones 2020
Anexo I
- Automóviles
- Camiones, pick-ups, chasis c/s cabina, varios
- Transportes de pasajeros y motor home
- Motocicletas y motos (motovehículos)
- Vehículos sin especificación
Anexo II
- Monedas extranjeras
Anexo III
- Obligaciones negociables
- Títulos públicos y Cupones impagos
- Fondos comunes de inversión
- Detalle de entidades financieras
- Detalle del Formato de Catastro según la jurisdicción
Exención de cargas patronales: a qué empresas beneficia
El Gobierno nacional oficializó la reducción hasta el 31 de diciembre de las contribuciones patronales que deben pagar con los salarios de sus empleados aquellas empresas de sectores «críticos» que sean beneficiarias del Repro II. Así lo estableció a través del Decreto 323/2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial.